martes, 27 de octubre de 2009

Preguntas Frecuentes



Isapre

¿ Que son las Isapres ?
Las ISAPRE son instituciones privadas que captan la cotización obligatoria de los trabajadores que libre e individualmente han optado.Estas instituciones otorgan servicios de financiamiento de prestaciones de salud a un 18% de la población en Chile. Los servicios de salud y el financiamiento de las licencias médicas por enfermedad se prestan con cargo a las cotizaciones. Las prestaciones de salud se entregan a través del financiamiento de las mismas mediante la contratación de servicios médicos financiados por las Isapres.

jueves, 22 de octubre de 2009

Objetivos de la INP

* Recaudar, conceder y pagar las prestaciones y beneficios previsionales,
asistenciales y especiales.
* Asegurar la atención eficaz y oportuna de los usuarios del Instituto, mediante la capacitación, motivación, reconocimiento y mejora en las condiciones laborales de sus trabajadores, así como el mejoramiento continuo de los procesos.
* Fomentar la cultura de prevención de riesgos, ampliando la cobertura de los beneficios de la Ley 16.744 a los trabajadores desprotegidos, a fin de reducir la incidencia de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
*Fomentar la integración social de los pensionados adultos mayores, personas con discapacidad y en situación de extrema pobreza, a través de la focalización de programas y beneficios sociales, con la finalidad de mejorar su bienestar.

martes, 13 de octubre de 2009

Cajas de Compensación

Son corporaciones de derecho privado sin fines de lucro, creadas hace más de 50 años como las primeras entidades de seguridad social en Chile, para administrar por cuenta del Estado, las prestaciones de seguridad social conforme a la Ley 18.833, como las asignaciones familiares, los subsidios de cesantía, los subsidios por incapacidad laboral y por reposo maternal de los trabajadores afiliados a Fonasa. Para ello reciben una comisión por la administración de esas prestaciones que es otorgada por el Estado.

AFP

Las AFP son sociedades anónimas, cuyo objetivo es la administración de un Fondo de Pensiones y de otras actividades estrictamente relacionadas con el giro provisional, además de otorgar y administrar las prestaciones y beneficios que establece la ley.
Las empresas de AFP recaudan las cotizaciones provisionales, las depositan en la cuenta personal de cada afiliado e invierten los recursos, para otorgar posteriormente los beneficios que correspondan. Adicionalmente contratan un seguro para financiar las pensiones de invalidez y sobre vivencia que generen sus afiliados.

Por su labor de administración de Fondos de Pensiones, las empresas de AFP tienen derecho a una retribución establecida sobre la base de comisiones de cargo de los afiliados. Las comisiones son fijadas libremente por cada empresa de AFP.

¿Quiénes pertenecen a ella?
Primero comenzaremos definiendo el concepto de afiliación el cual es el vínculo entre un trabajador, es decir, el cliente y un sistema provisional que da derecho a recibir una pensión de vejez, invalidez o sobre vivencia y a la obligación de cotizar por parte del trabajador.

¿En que consiste la Afiliación?
La afiliación al sistema de AFP, consiste en aportar obligatoriamente un 10% del sueldo.

martes, 29 de septiembre de 2009

Mutual


Mutual de Seguridad, Cámara Chilena de la Construcción, tiene como misión PREVENIR los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Para cumplir con esta misión, queremos llegar a ser su Socio en Prevención de Riesgos, otorgándole la asesoría necesaria para que su empresa sea más rentable, eficiente y competitiva, además de mejorar la calidad de vida de sus trabajadores

lunes, 28 de septiembre de 2009

lunes, 14 de septiembre de 2009

Fonasa


FONASA cuenta con una red de 126 sucursales a lo largo de todo el país.

El beneficiario podrá acceder en todas nuestras sucursales a los siguientes servicios:

Entrega de información en forma personalizada


  • Emisión de credenciales

  • Valorización de programas de salud

  • Otorgamiento de préstamos médicos

  • Venta de bonos

  • Información de prestadores de salud en convenio.

Video Fonasa

Tramite de Jubilacion (retiro) por invalidez

Es una prestación que se abona a todo afiliado al Sistema, cualquiera fuere su edad o antigüedad en el servicio, que se incapaciten física o intelectualmente en forma total para el desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes profesionales, siempre que la incapacidad se hubiera producido durante la relación laboral.

Requisitos

  • Tener hasta sesenta y cinco (65) años de edad cualquiera fuera el sexo.
  • Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más.
  • No haber alcanzado la edad establecida para acceder a la jubilación ordinaria.
  • No estar percibiendo la jubilación en forma anticipada.
  • Si inició su actividad como trabajador autónomo después del 15/07/94, debe haber cumplido con la obligatoriedad del Examen Médico para Trabajadores Autónomos y haber resultado "apto" en el mismo.
  • Se recuerda que el goce de esta prestación es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.
  • Cumplir con la condición de "aportante regular" o "aportante irregular con derecho", de conformidad con las disposiciones de los Decretos 1120/94,136/97 y 460/99 (ver legislación vigente).

Calidad de Aportante Regular

Haber aportado como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores al fallecimiento.

Acreditar el mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común (30 años) o diferencial conforme al decreto o ley en el que se encuentre incluidos, para acceder a PBU/ PC/ PAP. De no reunir este requisito, podrá completar los 30 años de servicios con aportes mediante la adhesión a la moratoria Ley 24.476 y así adquirir la calidad de Aportante Regular.


martes, 8 de septiembre de 2009

Noticias

  • El gobierno anunció un aumento de las jubilaciones del 11.69 por ciento lo que llevará la mínima a 770 pesos que con la suma de 45 pesos adicional del PAMI la lleva a 815 pesos.
  • La anses anunciara el monto del primer aumento de haberes: Se estudia una reforma legislativa para acelerar la resolución de las causas judiciales iniciadas por los jubilados por cuestiones salariales.